17 Jul ¿El poder notarial es para siempre?
Como especialistas en herencias y testamentos, gestiones notariales y en concreto sobre poder notarial en Valencia, queremos informarte del alcance en el tiempo de los poderes notariales y de los casos en que puede haber limitaciones a su poder de representación.
Recordemos que el poderdante ha cedido al apoderado la facultad de actuar en su nombre en diversos actos (ya vimos que hay poderes generales y poder especiales para ciertos actos concretos), pero ¿cuándo se extingue ese poder? ¿puede el poderdante cambiar de opinión?
Pues bien, aunque en principio es indefinido, motivo por el que solo se suelen otorgar a personas de auténtica confianza, el poder finaliza siempre que el poderdante muere o queda incapacitado judicialmente (a no ser que se especifique en el poder que en este último caso también es válido), y también se puede revocar.
No es necesario alegar nada para revocar un poder, es suficiente la mera voluntad, aunque para que la revocación surta efecto tendrá que acudir a un experto en poder notarial en Valencia para que redacte el documento de revocación.
Aunque el apoderado no conozca la revocación no será necesario notificarle: ya no podrá actuar en nombre del poderdante. Así quedará registrado en un archivo oficial que podrán consultar todos los notarios.
Hay un caso especial: el poderdante está incapacitado o fallecido pero el apoderado no lo sabe. En ese caso, si el apoderado actúa de buena fe, lo que disponga será totalmente válido.
También hemos de saber que no todo se puede delegar en un poder notarial. Contacta con Cid y Serra Notarios y te daremos todos los detalles.
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