Cuando un miembro de la pareja fallece comienzan los trámites de liquidación de la sociedad conyugal.
Si están en régimen de sociedad de gananciales, los trámites a seguir son los siguientes: se realizará un inventario del activo y del pasivo de la sociedad y la diferencia se dividirá en dos mitades, una pasará a formar parte del patrimonio del cónyuge viudo y la otra se sumará junto con los bienes privativos del causante a la herencia.
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